Tribunal norteamericano falla a favor de Venezuela en caso de corso. Reconocimiento internacional de la Corte de Almirantazgo, 1819
TF. José Gregorio
Maita Ruiz
Dirección Naval de
Educación
Dr. en Historia –
Universidad Central de Venezuela
El 21 de abril de 1819 fue apresado
en Baltimore, EE.UU., el bergantín corsario venezolano Congreso de Venezuela, el cual pertenecía al ciudadano Antonio
Julio Franceschi, y cuyo comandante era Henry Childs.[1]
El buque había sido adquirido a finales de marzo y había recibido patente de
corso firmada por el Libertador Simón Bolívar el 29 de ese mes. ¿Por qué este
buque había sido capturado en puerto norteamericano, si Estados Unidos era un
país neutral en la guerra que enfrentaba a España con sus ex colonias
americanas?...
Este caso se remonta a 1817 cuando
John Daniel Danels[2], adquirió
el bergantín Vacuna, al cual renombró
después como Irresistible, dotándolo
con unos 60 marinos norteamericanos, y llenándolo con gran cantidad de
armamento y munición. Se dirigió con el buque hasta Buenos Aires, donde recibió
patente de corso firmada por José Gervasio Artigas el 14 de febrero de 1818,
regresando luego a Baltimore en septiembre, a preparar su crucero corsario
contra España. Tras hacerse a la mar, Danels capturó el bergantín de guerra español
Nereyda, el cual llevó a Juan Griego,
en la isla de Margarita, para ser juzgado por la Corte de Almirantazgo de
Venezuela que estaba establecida allí. El 22 de marzo, la Corte de Almirantazgo
declaró buena presa la nave, procediendo a subastarla y recibiendo Danels su parte
de la ganancia. El bergantín fue adquirido por Franceschi, como ya hemos dicho,
y zarpó rumbo a Baltimore en busca de tripulantes, armamento y munición; ya que
dicho puerto norteamericano venía siendo desde 1814 la mayor cantera de hombres
y medios para el corso insurgente hispanoamericano.[3]
La Corona española supo rastrear el
caso, y cuando el Congreso de Venezuela
arribó a Baltimore; fue capturado por demanda del cónsul español, Juan B.
Bernabeu, quien denunciaba lo ilegal de la captura, y lo comprometida que se
veía la neutralidad de Estados Unidos. Lo interesante de este caso, que
conocemos gracias a que la sentencia del juez encargado del mismo, Teodorico
Bland[4],
fue publicada por el Correo del Orinoco
el 19 de febrero de 1820; es que culminó con el reconocimiento de la validez de
la sentencia emitida por la Corte de Almirantazgo de Juan Griego del 22 de marzo
de 1819, y la liberación del bergantín corsario venezolano al considerarse
válido el proceso de captura y juicio, y el consiguiente armamento en corso del
Congreso de Venezuela, ex Nereyda.
Quizá éste pudiese parecer sólo un
caso más de los muchos que se dieron en la guerra de corso de Venezuela contra
España durante la Guerra de Independencia, pero lo hace particularmente
importante el hecho de que la justicia norteamericana, al reconocer la validez
de la autoridad y jurisdicción de la Corte de Almirantazgo venezolana, trajo
con ello el tácito reconocimiento de facto a nuestra independencia y a nuestro
Gobierno, por parte de Estados Unidos; lo cual no puede ser considerado como
algo rutinario. Se trata de que una de las naciones neutrales más importantes,
vinculada directa e indirectamente con nuestro proceso de independencia debido
al comercio y a diversos intereses particulares y de Estado, reconoció la
autoridad de la que quizá fuese, en ese momento histórico, nuestra más
importante institución de cara al exterior. Nótese parte de la argumentación
del juez Bland para dar su fallo.[5]
Primeramente repasa los hechos:
…el
apresamiento por corsario de un beligerante legalmente armado es en sí tal
prueba de derecho, que la Corte de un neutral queda por ello privada de poder
proceder a mayor investigacion; sino es a inquirir sí hayan sido atacados por
el apresador los derechos del neutral, a quien pertenece la Corte…
…en
este caso el apresador obtuvo la patente de una y su presa fué juzgada,
condenada, vendida, y autorizada con otra patente por otra de aquellas naciones
de la parte meridional de nuestro Continente, que han nacido recientemente…
…la
Irresistible obtuvo patente del Gobierno de la Banda Oriental, Entre-Rios y
Santafé; y su presa la Nereyda era un buque de guerra naciona, perteneciente al
Gobierno Español, que fué llevado a un puerto dentro de la jurisdiccion del
Gobierno de Venezuela, y condenado y vendido allí…[6]
Luego pasa a desarrollar la postura
de su Corte basado en la política exterior establecida por el presidente Monroe
desde 1817:
Del
reconocimiento de la existencia de una guerra civil, hecho por el brazo
executivo de nuestro Gobierno, y conforme à las repetidas y solemnes decisiones
de la Suprema Corte de nuestro pais, se sigue de hecho como consecuencia
necesaria que las Cortes de Justicia de los Estados-Unidos han de guiarse, en
lo que toque al Gobierno y guerra de la Banda Oriental y Venezuela, por la ley
de las naciones que regula las relaciones de las neutrales ácia las
beligerantes entre las naciones civilizadas de la tierra.
El
Presidente en su mensage de 1817, habla de personas que obren en perjuicio de
los Estados-Unidos baxo la autoridad de ambos partidos, y solo mira dos
partidos en la guerra civil, “España y las Colonias,” cuyos poderes son casi
iguales, y que tienen ácia las Potencias neutrales derechos iguales.[7]
Y pasa a validar la jurisdicción de
la Corte de Almirantazgo de Venezuela en casos de presas de otras naciones en
guerra con España por su independencia, por ser aliadas y co-beligerantes
contra un enemigo común.
quando
se considera el origen, naturaleza y objeto de la guerra, y el modo en que la
asociacion en ella ha sido reconocida en las Cortes de Venezuela, por la
acogida que el corsario de la Republica Oriental encontró para la condenacion y
venta de su presa, no hay duda de que los Estados Unidos han considerado, y sus
Cortes deben tener a aquellos Gobiernos por compañeros, socios y aliados en la
guerra contra España, y que por consiguiente esta Corte debe arreglarse a la
ley de las naciones, como es conocida, establecida y aplicada por neutrales
entre un beligerante y co-beligerantes y aliados en la guerra.[8]
…por
la ley de las naciones la patente y presas del corsario del tal beligerante,
aunque haya sido armado ilícitamente en los puertos de un neutral, son,
perfectamente validas pira con el beligerante y el resto del mundo, excepto el
neutral ofendido [en este caso Estados Unidos, neutral en la guerra, no España,
que era beligerante]… …No puede haber duda de que la patente del Irresistible
dada por el Gobierno de la República Oriental era legal… El apresamiento del
bergantín de guerra Español la Nereyda era pues justificable y legal: y no es
ménos claro que dicha presa fué legalmente llevada a puerto de un
co-beligerante aliado en la guerra.- La presa de la Irresistible fué llevada a
la jurisdiccion de la República de Venezuela, y alli condenada como buena presa
por la Corte de vice-Almirantazgo de aquel Gobierno.
…la
Corte de Vice-Almirantazgo de Venezuela, celebrada en Juan-Griego en la Isla de
Margarita era perfectamente una Corte de jurisdiccion competente; porque era
Corte de un co-beligerante, socios y aliado-en-la-guerra con la República
Oriental, baxo cuya bandera fué hecha la presa.
…Es
pues la sentencia de la Corte de Vice-Almirantazgo de Venezuela, que procedió
in rem en este caso, final y concluyente con respecto al derecho de propiedad,
y es un completo baluarte contra las pretenciones del actor[9]
De esta manera, Theodore Bland, Juez
de la Corte de Distrito de Maryland, rechazó la demanda española contra el bergantín
Congreso de Venezuela, reconociendo
la validez de la decisión de la Corte de Almirantazgo de Venezuela; basándose
en que el conflicto entre las naciones hispanoamericanas y su ex metrópoli, era
una contienda en la que Estados Unidos era neutral e imparcial, y reconocía las
leyes e instituciones de ambas partes, validando la jurisdicción de la Corte de
Almirantazgo venezolana sobre casos de presas de sus aliadas continentales
contra España.
Este caso, que ha pasado
desapercibido para la historiografía venezolana, es de suma importancia
histórica, pues nos indica que ya en 1819, nuestra Corte de Almirantazgo estaba
logrando uno de sus objetivos ulteriores: el práctico reconocimiento de las
potencias neutrales a nuestra independencia, al tratar con ella asuntos de esta
clase, y en consecuencia la legitimación de nuestra guerra de corso contra
España; como derecho de represalia y acción de guerra ajustada al Derecho de
Gentes, o como lo llamaríamos hoy en día, Derecho Internacional.
La guerra de corso fue uno de los
recursos más importantes del que se valieron los patriotas durante la Guerra de
Independencia; pues les permitió debilitar al enemigo al interrumpir sus
comunicaciones y llegada de suministros desde la Península, también llevó al
control de las costas y rutas marítimas por parte de los republicanos, y aportó
además los cuadros, buques y recursos para formar una escuadra nacional que
coadyuvara decisivamente en la resolución de la contienda. En dicho proceso, la
Corte de Almirantazgo tuvo un papel fundamental, como este caso lo demuestra.
Fuentes Documentales
Academia
Nacional de la Historia. “Corte de Almirantazgo” en Boletín de la Academia
Nacional de la Historia, Tomo III, N° 9. Caracas, 31 de marzo de 1914, p.
203
Academia
Nacional de la Historia. “El corso en la Guerra de Independencia” en Boletín
de la Academia Nacional de la Historia, Tomo IV, N° 13. Caracas, 30 de
abril de 1917, p. 214
Fuentes Bibliográficas
Gámez
Duarte, Feliciano. El desafío insurgente. Análisis del corso
hispanoamericano desde una perspectiva peninsular: 1812 – 1828 (Tesis
Doctoral en Historia). Cádiz, Universidad de Cádiz, 2014.
Méndez
Sereno, Herminia. El Almirantazgo Republicano 1819 – 1822. Caracas,
Academia Nacional de la Historia, 2008
Vargas,
Francisco Alejandro. (Colaboradores: Hadelis Solangel Jiménez López y Eladio
Jiménez Rattia). Nuestros Próceres Navales (Tomos I y II). Caracas,
Armada de la República Bolivariana de Venezuela y Editorial Tecnocolor, 2010
Fuentes Hemerográficas
“Juicio.
Sobre el Bergantín Congreso de Venezuela, antes Nereyda, en la Corte del
Distrito de los Estados-Unidos en Baltimore”. Correo del Orinoco. Angostura, sábado 19 de febrero de 1820. Nº 53,
p. 1 – 2
Fuentes Electrónicas
Grafenstein
Gareis, Johanna L von. “Patriotas y piratas en un territorio en disputa, 1811 –
1819” Disponible en: http://www.ufg.edu.sv/ufg/theorethikos/enero20/monografia2.htm
(Revisado el 25 de febrero de 2016 On Line)
Hopkins, Fred. “For Flag and Profit: The Life of
Commodore John Daniel Danels of Baltimore” en Maryland Historical Magazine,
Vol. 80 Nº 4, Invierno de 1985. Disponible en: http://msa.maryland.gov/megafile/msa/speccol/sc3500/sc3520/015400/015464/pdf/danels_mhm.pdf
(Descargado On Line el 31 de marzo de 2017 a la 01:15 pm)
Hopkins, Fred. “For Freedom and Profit: Baltimore
Privateers in the Wars of South American Independence” en The Northern Mariner/Le
Marin du Nord, XVIII Nos. 3-4, (Julio - Octubre de 2008), pp. 93-104. Disponible
en: http://www.cnrs-scrn.org/northern_mariner/vol18/tnm_18_3-4_93-104.pdf
(Descargado On Line el 04 de abril de 2017 a las 08:42 am)
[1] “Juicio. Sobre el Bergantín
Congreso de Venezuela, antes Nereyda, en la Corte del Distrito de los
Estados-Unidos en Baltimore”. Correo del
Orinoco. Angostura, sábado 19 de febrero de 1820. Nº 53, p. 1 – 2.
[2] Marino norteamericano oriundo de
Baltimore, que fue corsario de para las Provincias Unidas de Buenos Aires, el
Gobierno de Artigas en la Banda Oriental (actual Uruguay), más adelante también
para Venezuela y llegó a ser oficial regular de la armada de la República de
Colombia (llamada hoy en día la “Gran Colombia”). Véase: Vargas, Francisco
Alejandro. (Colaboradores: Hadelis Solangel Jiménez López y Eladio Jiménez
Rattia). Nuestros Próceres Navales (Tomo I),
pp. 208 – 212 y Hopkins, Fred. “For Flag and Profit: The Life of Commodore John
Daniel Danels of Baltimore” en Maryland Historical Magazine, Vol. 80 Nº
4, Invierno de 1985. Disponible
en: http://msa.maryland.gov/megafile/msa/speccol/sc3500/sc3520/015400/015464/pdf/danels_mhm.pdf
(Descargado On Line el 31 de marzo de 2017 a la 01:15 pm)
[3] Hopkins, Fred. “For Freedom and
Profit: Baltimore Privateers in the Wars of South American Independence” en The
Northern Mariner/Le Marin du Nord, XVIII
Nos. 3-4, (Julio - Octubre de 2008), pp. 93-104. Disponible en: http://www.cnrs-scrn.org/northern_mariner/vol18/tnm_18_3-4_93-104.pdf
(Descargado On Line el 04 de abril de 2017 a las 08:42 am)
[4] Era habitual en esa época que se
tradujesen los nombres propios, por lo que el nombre de dicho juez pudo ser
Theodore Bland.
[5] Se mantiene el texto fiel y exacto
a como lo publicó el Correo del Orinoco
[6] “Juicio. Sobre el Bergantín
Congreso de Venezuela, antes Nereyda, en la Corte del Distrito de los
Estados-Unidos en Baltimore”. Correo del
Orinoco. Angostura, sábado 19 de febrero de 1820. Nº 53, p. 1 – 2
[8] Ídem
[9] Ídem
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